Sectores intentan hacer pasar una resolución en el Consejo de Desarrollo Fronterizo para autorizar a una empresa de inversión extranjera que opera en el país a producir y a comercializar bebidas refrescantes libres de impuestos.
La resolución, que ha sorprendido al sector empresarial y a instituciones públicas representadas en el Consejo, sacaría de competencia a empresas dominicanas que cumplen con sus obligaciones fiscales.
Estos aprestos se producen luego los cuestionamientos que han hecho funcionarios del gobierno y el sector empresarial a la ley 28-01 de Desarrollo Fronterizo y del rechazo de amplios sectores del país a una primera concesión a Industria San Miguel del Caribe, que comercializa Cola Real, lo cual llevó al gobierno a buscar una solución que terminó obligando a esa empresa a pagar el Impuestos a las Transferencias de Bienes Industrializados (ITBIS), el cual se le pretendía exonerar.
Se recuerda que en la transición hacia la actual administración, el actual ministro de Hacienda, licenciado Vicente Bengoa, y el director general de Impuestos Internos, licenciado Juan Hernández, advirtieron que si no se eliminaba las exenciones de la Ley 28-01 se crearía un gran caos en el sistema impositivo dominicano.
Particularmente, Hernández advirtió en ese entonces que si la ley 28-01 no era eliminada, muchas empresas que operan fuera de la zona fronteriza no podrían sobrevivir a la competencia desleal que harían las empresas que se benefician de los incentivos fiscales otorgados.
Además, la iniciativa ha causado sorpresa, porque la Ley No. 28-01 no es compatible con las condicionalidades que ha pactado el Gobierno Dominicano en el marco del acuerdo Stand By, suscrito con el Fondo Monetario Internacional, y que ha obligado a las autoridades hacer fuertes recortes en el gasto público.
En el caso de la exoneración del ITBIS al consumidor, que no es un impuesto que paga la empresa, provocaría una competencia desleal con respecto a los productos elaborados por las industrias instaladas fuera de la zona fronteriza, debido a la diferencia en el precio de venta al público que provoca la venta de la exención, equivalente al 16%.
Esta diferencia en los precios de los bienes finales no es posible que sea absorbida por los márgenes normales de rentabilidad que existen dentro del ambiente actual de negocios de libre mercado, por lo que no es viable para aquellas actividades no acogidas a un incentivo de esta naturaleza y magnitud seguir operando económicamente.
Según se informó, la mayoría de los negocios hoy de manufactura en el país, tienen márgenes de rentabilidad muy inferiores al 16% que es el monto actual del ITBIS.
Un informe ha que ha tenido acceso Hoy, revela que entre el ITBIS y los aranceles exentos se crea una ventaja de no menos de un 190% para las empresas que se establezcan al amparo de la Ley 28-01, lo que no es justificable bajo ninguna circunstancia, a menos que se requiera y se tenga como objetivo la destrucción de la industria y otros sectores productivos ya establecidos fuera de la Frontera.
“Esto obligaría, a una migración industrial para poder sobrevivir a una competencia basada únicamente en la evasión impositiva, trayendo como resultado el desempleo y la pobreza a muchas otras zonas y provincias del país”, advierte el informe.
Se entiende que esto es inaceptable ya que se estaría trasladando el problema de una región a otra, sin que a cambio se esté creado valor, sino muy por el contrario, se estaría destruyendo riqueza.
Además, se estaría privando al Estado de los recursos que se generan fuera de la Frontera y tal vez la posibilidad de que una proporción de esas recaudaciones sean dedicadas para promover la salud y educación de los habitantes de esa zona, fundamentales para cualquier desarrollo integral.
Asimismo, el informe llama la atención hacia el hecho de que la zona fronteriza está a pocos kilómetros de distancia del resto del país y tiene excelentes vías de transporte y de comunicaciones telefónicas. “Estas exenciones, en consecuencia sólo benefician a los empresarios que la promueven a costa de los ingresos que legítimamente debe recibir el Estado, en perjuicio de las empresas que cumplen con sus obligaciones fiscales”, se explicó.
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